Comunicado de la Plataforma “Contra la impunidad, por la Justicia Universal”
Malas señales para la comunidad internacional. El desprestigio está servido: España abandona la lucha efectiva contra la impunidad por la injerencia de criterios políticos, acudiendo para ello a un procedimiento apresurado y poco transparente, y pese a la oposición de más de 500 organizaciones nacionales e internacionales, asociaciones profesionales, sindicatos y miles de personas a título individual que han pedido a los senadores que reconsideren su voto y no restrinjan, hasta mutilarlo, el principio de Justicia Universal.
Aunque la fase de tramitación parlamentaria no puede darse aún por concluida, la tarde del siete de octubre de 2009 pasará a la historia por el fraude a la justicia que va a suponer la bochornosa reforma del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta reforma supone la restricción del principio de Jurisdicción Universal hasta hacerlo casi inaplicable y suma a España a las tendencias más restrictivas en la aplicación de tan eficaz instrumento para combatir la impunidad. Con este principio se persigue a los responsables de los crímenes más graves y odiosos, como el genocidio o los crímenes contra la humanidad, que se hayan cometido fuera de España y con independencia de la nacionalidad de las víctimas y autores.
La reforma debilita el régimen de derecho construido internacionalmente asumiendo una posición contraria a disposiciones de derecho internacional consuetudinario e inclusive instrumentos internacionales que vinculan a España como la Convención contra la Tortura o la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio o los Convenios de Ginebra, y desoyendo las recomendaciones de la ONU en la Resolución 3074 (XXVIII) de la Asamblea General de 3 de diciembre de 1973 sobre principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de lo culpables de crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad.
Consideramos vergonzoso que con esta reforma vengan a exigirse requisitos de “conexión nacional” expresamente rechazados por el Tribunal Constitucional desde su sentencia en el caso Guatemala (2005), lo que pone en evidencia que el ejecutivo, con la colaboración de la mayoría parlamentaria, apuestan por otros principios diferentes al respeto y defensa del derecho internacional y se amoldan servilmente a mirar para otro lado cuando se cometen actos criminales. No podemos dejar de reseñar y agradecer los 21 votos contrarios a la reforma de los senadores y senadoras de IU e ICV, ERC, PNV y 15 senadores del grupo Mixto.
Consideramos insólita la premura con que se ha impuesto esta “reforma exprés” que no sólo supone un uso heterodoxo del procedimiento legislativo sin haberse garantizado un mínimo debate, sino que se ha desinformado a la sociedad sobre su real inspiración y sobre sus trascendentales consecuencias jurídicas. La vaguedad de la redacción, su ambigüedad y contradicciones van a generar enorme discrecionalidad e inseguridad jurídica que perjudicará principalmente a las víctimas.
Recordamos al parlamento español que el principio de Jurisdicción Universal no pertenece a España sino que pertenece a todos los Estados que tienen obligación de aplicarlo, y a todas las víctimas que tienen el legítimo derecho de buscar la justicia en otros países cuando no la encuentran en los suyos.
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